27 septiembre, 2026

ADN Bonaerense

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El Gobierno reordena el régimen minero y crea un nuevo registro para controlar inversiones y proveedores

La Secretaría de Minería modificó los procedimientos previstos por la Ley de Inversiones Mineras, creó el Registro de Inversiones Mineras y estableció nuevas pautas para identificar proyectos y prestadores de servicios. La reforma también busca compatibilizar este régimen con el RIGI.

El Gobierno nacional introdujo cambios en el régimen de inversiones mineras con el objetivo de simplificar los procedimientos, centralizar la información de las empresas y adecuar el sistema a las nuevas reglas establecidas para las grandes inversiones.

La modificación fue oficializada mediante la Resolución 68 de la Secretaría de Minería, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La normativa también avanza en la articulación entre la Ley de Inversiones Mineras y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

El cambio busca actualizar los procedimientos que regulan la actividad y adecuarlos a la reglamentación establecida por el Decreto 482/2026, publicado en junio.

El régimen de inversiones mineras está establecido por la Ley 24.196 y fue creado para promover el desarrollo de la actividad minera en el país mediante distintos beneficios destinados a las empresas del sector.

Según explicó el Gobierno en la resolución, era necesario adaptar las normas anteriores para alinearlas con el procedimiento actualmente vigente y lograr una mayor celeridad y transparencia en la tramitación de los registros.

Como parte de la reforma, además, fueron derogadas cuatro resoluciones que habían sido dictadas en 1996, 2019, 2020 y 2021 y que regulaban distintos aspectos del régimen.

Un nuevo registro para ordenar la información minera

Uno de los principales cambios es la creación del Registro de Inversiones Mineras (RIM).

La nueva plataforma permitirá centralizar la información correspondiente a los beneficiarios de la Ley de Inversiones Mineras. El objetivo es facilitar la identificación de las empresas y proyectos que forman parte del régimen y mejorar las tareas de seguimiento y fiscalización.

A partir de este sistema, las empresas titulares de proyectos mineros y los prestadores de servicios mineros serán identificados mediante su CUIT.

Los proyectos, a su vez, tendrán códigos únicos, una herramienta destinada a facilitar su seguimiento dentro del sistema y permitir un mayor orden en la fiscalización.

La resolución también establece nuevas obligaciones administrativas. Los beneficiarios que presten servicios deberán constituir un domicilio legal electrónico al realizar su primera presentación anual.

De esta manera, la reforma apunta a concentrar en un mismo sistema la información de los distintos actores alcanzados por el régimen y a establecer mecanismos de identificación más precisos.

¿Qué cambia con la articulación entre minería y RIGI?

Otro de los puntos centrales de la Resolución 68 es la forma en que se relacionarán el Régimen de Inversiones Mineras y el RIGI.

La necesidad de compatibilizar ambos esquemas surge cuando un proyecto minero ya está registrado bajo la Ley 24.196 y posteriormente solicita la CUIT especial correspondiente a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) contemplados por el RIGI.

La Secretaría de Minería estableció procedimientos específicos para esos casos con el objetivo de evitar inconsistencias entre los registros.

La normativa apunta así a garantizar la continuidad registral de los proyectos y facilitar la articulación entre los dos regímenes de promoción.

Esto resulta relevante porque una misma inversión puede quedar alcanzada por las herramientas de incentivo previstas para la actividad minera y, al mismo tiempo, ingresar al régimen destinado a grandes proyectos de inversión.

Más control y seguimiento sobre los proyectos

El nuevo esquema no modifica solamente los mecanismos de inscripción. También establece una estructura que permitirá al Estado contar con información más centralizada sobre las empresas, los proveedores y los proyectos mineros alcanzados por los beneficios.

La identificación mediante CUIT y la asignación de códigos específicos para cada proyecto buscan facilitar el seguimiento de las inversiones y las tareas de fiscalización.

Al mismo tiempo, la eliminación de normas anteriores y su reemplazo por procedimientos adaptados a la reglamentación vigente pretende reducir la cantidad de mecanismos dispersos que regulaban distintos aspectos del régimen.

En términos generales, la reforma combina simplificación administrativa, centralización de información y compatibilización con el RIGI.

El Gobierno busca de esta manera actualizar las herramientas con las que se registra y controla la actividad minera, en un contexto en el que el sector forma parte de la estrategia oficial para atraer grandes inversiones.